En los últimos tiempos los medios de comunicación nos han contado noticias procedentes de diferentes sectores internacionales y nacionales sobre crisis, incertidumbre financiera y política, inquietud por el futuro de la economía y también sobre casos de mala gestión empresarial. Inmediatamente la opinión pública apunta a quiénes pueden ser los responsables del funcionamiento de las compañías, qué se debe hacer y cómo prevenir problemas. Todo el mundo puede juzgar y opinar sobre esa actualidad; y las actuaciones de las organizaciones y de los directivos son analizadas en los medios y en las redes sociales que están a disposición de la curiosidad e interés de cualquier persona. La información está al alcance de la sociedad en nuestro entorno y en el mundo global que nos ha tocado vivir, y más concretamente de la opinión de nuestros clientes, inversores y conciudadanos.

Al escribir sobre el Buen Gobierno Corporativo y los juicios a los que se puede someter cualquier compañía debemos asumir que, además del esfuerzo que las compañías realizan en aras de su transparencia, ésta nos viene casi impuesta tanto por las nuevas regulaciones de los Consejos como por la realidad de las redes. Recientemente el gobernador del Banco Central Europeo, Jean-Claude Trichet, declaraba que “si hay una lección que debemos extraer de la crisis actual es que la transparencia es clave para el futuro de nuestras organizaciones. En todos los dominios que están en juego, la transparencia será uno de los principios más importantes por una sencilla razón: la opacidad es una receta para el comportamiento gregario y el contagio de las malas prácticas”.

También la UE y el G-20 se han referido a este tema al coincidir en que la compleja estructura de las compañías y su posible opacidad, su falta de transparencia, dificultan la cadena de responsabilidad y se encuentran en el fondo de las causas de la reciente crisis financiera lo cual ha originado una mayor regulación y recomendaciones sobre el gobierno corporativo.

Esa transparencia es imprescindible en un buen gobierno corporativo para conseguir la confianza y la fidelidad de los stakeholders y clientes, fidelidad que llevará a ser rentable a las compañías. El buen gobierno corporativo es esencial para la generación de valor de la compañía y para reforzar la confianza de los inversores a medio plazo, además de favorecer la competencia leal y la formación de precios en el mercado.

Era lógico, por tanto, definir en los Gobiernos corporativos unas herramientas que permitieran asegurar esa transparencia que debe basarse en una comunicación abierta entre todos los agentes implicados de la organización y que debe ser la herramienta eficaz contra la asimetría de información entre agentes.

Tras la reforma del Código de Buen Gobierno Corporativo del año 2015, consejos y consejeros son más conscientes de que cada vez están sometidos a un mayor escrutinio por parte de inversores y analistas y que es presumible que puedan aumentar las preguntas y las peticiones de información sobre la composición, estructura y funcionamiento de los órganos de gobierno.

Gobernar con transparencia afecta a muchos ámbitos de la organización, a la publicidad de las remuneraciones, a los mecanismos de control, a las etapas de los procesos de nombramiento de consejeros, a la forma de manejar de forma coordinada y eficaz de la información que, además, debe ser auditada, a paliar la falta de transparencia de los proxy advisors, así como a la rendición de cuentas.

Además de esa reforma del 2015, hay otras referencias en esta materia. Una reciente Directiva de la Unión Europea sobre Transparencia y Responsabilidad Social (2014), recomienda exigir mayor transparencia en materia de Responsabilidad Social de las empresas, no sólo económico-financiera sino también referente a sostenibilidad, con información social y medioambiental. En nuestro país se legisló al respecto en 2002, luego en 2003 y 2011. Ya en 2013 en materia de transparencia de los sistemas retributivos, se determinan el contenido y la estructura del informe anual de gobierno corporativo, del informe anual sobre remuneraciones y de otros instrumentos de información de las sociedades anónimas cotizadas, de las cajas de ahorros y de otras entidades que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores. Además de otras posteriores referidas al ámbito de las entidades financieras.

Al final de todas estas regulaciones, que lógicamente sería deseable que se cumplieran al detalle, se me ocurre volver al principio y recurrir a la definición más simple sobre transparencia, la que dice que un material se considera transparente cuando deja pasar a través de él muy fácilmente la luz. Por el contrario, se considera que un material es translúcido cuando deja pasar la luz de manera que las formas se hacen irreconocibles y es opaco cuando no deja pasar apreciablemente la luz a través de él.